Catalogamos vehículos como históricos según el Real Decreto 1247/1995.
Generalmente un vehículo, ya sea coche, motocicleta, camión o remolque, para se considerado clásico, tiene que tener una antigüedad de más de 30 años. No es necesario que el vehículo tenga matrícula española, puede realizarse en vehículos extranjeros.
Un vehículo puede catalogarse como histórico siempre que cumpla una de estas premisas:
- Tenga más de 30 años.
- Sean vehículos de colección o tengan una singularidad o escasez manifiesta.
- estén incluidos en el inventario general de bienes muebles o patrimonio histórico español o declarados bienes de interés cultural.
Ventajas de catalogar un vehículo como histórico:
- Pasará la ITV periódica cada 2, 3 o 4 años, según antigüedad del vehículo.
- Exención en ITV de prueba de emisiones, ruidos, etc, según tipo de vehículo.
- En determinados ayuntamientos, exención del pago del impuesto de circulación.
- Generalmente los seguros son bastantes más económicos.
- No existen límites de kilómetros.
- No se pierde la matrícula original.
- En algunos casos, es la única manera de matricular vehículos importados de otros países.